El Senado prorrogó por dos años la Ley de Mediación
El sistema mediación y conciliación obligatoria vigente desde 1995 fue prorrogado por dos años más, al aprobarse en el Senado un proyecto en ese sentido.
Se trata de una iniciativa de la diputada Paula Bertol (PRO) que contempla en su artículo primero extender "el plazo previsto en el artículo 30 de la Ley 24.573 por el término de dos años a partir del vencimiento previsto en la ley 26094".
De este modo, la ley 24.573 de Mediación y Conciliación seguirá vigente hasta 2010, aunque próximamente el Poder Ejecutivo enviará al Congreso una iniciativa definitiva sobre esta materia, según anticipó en el recinto el senador Nicolás Fernández, quien expresó su confianza en que esta será la última prórroga de esa norma.
La senadora justicialista Liliana Negre de Alonso remarcó que la mediación obligatoria "es absolutamente exitoso, especialmente para las personas de escasos recursos", y dijo que representa "un ahorro de costos para el justiciable", y que ayuda al sistema judicial, el cual "está colapsado".
Puntualizó que hasta 2006 hubo 500 mil casos de mediación, de los cuales en la mitad se llegó a un acuerdo, y se evitó que fueran a juicio.
Si bien los especialistas celebran la continuidad del sistema, critican que sólo se trate de una prórroga y no de un proyecto que instaure de manera definitiva el régimen de la mediación obligatoria.
Consultado por infobaeprofesional.com Sergio Abrevaya, presidente de la Unión de Mediadores Prejudiciales (UMP) resaltó que la prórroga de la ley es "una solución transitoria" y que se han perdido dos años desde la última vez que se extendió el sistema para consagrar un régimen definitivo.
Indicó que esta nueva prórroga deberá servir para reforzar la ley e incluir en una futura reforma -que instaure el régimen en forma definitiva- la experiencia que el instituto de la mediación logró recoger a lo largo de estos 12 años.
Esta norma instituyó con carácter obligatorio la mediación previa a todo juicio, con la intención de lograr la solución extrajudicial de las controversias, exceptuando casos los penales, los que tienen al Estado como parte, amparos, concursos y quiebras, entre otros.(Fuente: infobae profesional)
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