“Hay que ser escéptico completamente en ese proceso de que una tercera persona decida el conflicto de los demás”
Dentro de la conferencia de Luis Miguel Díaz, ex canciller mexicano en la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León acerca de las bondades del arbitraje como marco al concurso de arbitraje José Luis Siqueiros, los alumnos participantes y personal académico fueron testigos de una visión muy distinta tanto de los métodos alternos como de dar cátedra.
Para Luis Miguel Díaz, la mediación es un proceso más progresista de arreglar los problemas entre las partes, ya que vio al arbitraje como un método primitivo, en el que una persona decide por las demás.
Para iniciar la conferencia, Díaz indicó las diferencias entre mediación y arbitraje, así como indicó los pasos que se dictan en la Carta de las Naciones Unidas sobre las fuentes del derecho, señalando en primer lugar la negociación y mediación, pasando por el arbitraje y al final un tribunal judicial.
“La otra manera es que los que tengan el conflicto decidan por sí mismos, y eso puede ser a través de la negociación, de la mediación o de la conciliación que es una distinta unidad de composición, son distintos términos para referir al proceso en el cual las partes deciden su conflicto.
Generalmente es el artículo número 33 de la Carta de las Naciones Unidas el que enumera las fuentes del derecho, en este caso el derecho internacional y la manera de resolver los conflictos. Y señala el primer lugar negociación, mediación y termina con el arbitraje o el Tribunal Judicial”, señaló el ex canciller.
Para iniciar la conferencia, Díaz indicó las diferencias entre mediación y arbitraje, así como indicó los pasos que se dictan en la Carta de las Naciones Unidas sobre las fuentes del derecho, señalando en primer lugar la negociación y mediación, pasando por el arbitraje y al final un tribunal judicial.
“La otra manera es que los que tengan el conflicto decidan por sí mismos, y eso puede ser a través de la negociación, de la mediación o de la conciliación que es una distinta unidad de composición, son distintos términos para referir al proceso en el cual las partes deciden su conflicto.
Generalmente es el artículo número 33 de la Carta de las Naciones Unidas el que enumera las fuentes del derecho, en este caso el derecho internacional y la manera de resolver los conflictos. Y señala el primer lugar negociación, mediación y termina con el arbitraje o el Tribunal Judicial”, señaló el ex canciller.
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(Fuente: elporvenir.com.mx)
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