03 noviembre 2007

0378 Andalucía - España - Ley de Mediación Familiar

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de la Ley de la Mediación Familiar en Andalucía, que regulará este procedimiento extrajudicial para la resolución de conflictos entre miembros de una familia a través de la intervención de profesionales "especializados, imparciales y neutrales".
La consejera para la Igualdad y Bienestar Social, Micaela Navarro, ha informado en la conferencia de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno del contenido de esta normativa, que ha sido remitida al Parlamento andaluz para su aprobación definitiva, y que contará con un presupuesto para el próximo año de 1.800.000 euros.
Podrán solicitar voluntariamente la mediación personas casadas, parejas de hecho, parejas sin vínculo legal pero con hijos comunes y familiares hasta el tercer grado de consanguinidad, además de personas adoptadas o acogidas y sus familias biológicas, adoptivas o acogedoras, y también las que ejerzan la tutela sobre menores y sobre personas con discapacidad intelectual.
Entre los conflictos que podrán ser objeto de mediación, figuran los relativos a medidas motivadas por separaciones, divorcio o disoluciones de parejas de hecho; cuestiones relativas al derecho de alimento y cuidado de personas en situaciones de dependencia; relaciones de menores con sus parientes, tutores o guardadores, y ejercicio de la patria potestad o tutela.
La mediación familiar, no obstante, quedará expresamente excluida en situaciones en las que exista violencia o maltrato sobre la pareja, hijos o cualquier otro miembro de la familia.
El procedimiento no supondrá ningún coste para quienes cumplan los requisitos que actualmente rigen en la asistencia jurídica gratuita (percepciones inferiores a dos veces el salario mínimo inteprofesional), mientras que en el resto de los casos se abonarán las tarifas que se establezcan reglamentariamente.
De igual modo, se garantizan los principios de voluntariedad de las partes que soliciten la mediación, la imparcialidad y neutralidad de la persona mediadora y la confidencialidad de la información obtenida durante el proceso.
La mediación será ejercida por profesionales con titulación universitaria en disciplinas de Derecho, Psicología, Psicopedagogía, Sociología, Pedagogía, Trabajo Social, Educación Social o cualquier otra licenciatura o diplomatura de carácter social, psicológico o jurídico.
Estos profesionales quedarán inscritos en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, cuya creación también dispone el proyecto de ley.
En cuanto al régimen disciplinario aplicable a los profesionales mediadores, la norma prevé sanciones que van desde los 300 euros para las infracciones leves hasta los 15.000 euros y la suspensión de la actividad entre uno y tres años para las muy graves.
La Junta de Andalucía desarrolla desde 2001 un programa de mediación familiar a través del cual se han atendido más de 3.000 casos, con una inversión total de dos millones de euros.
La consejera ha señalado que no se debe "caer en el error" de pensar que esta normativa va a "arreglar" todos los conflictos familiares, aunque ha recalcado que sí va a ayudar a "encauzar los problemas", para lo que es necesario contar con la voluntad de ambas partes.
Actualmente más de veinte profesionales prestan sus servicios en Andalucía, unos profesionales que no dependen de la Administración autonómica.
Los plazos de la mediación, que dependen de la conflictividad concreta de cada caso, se determinarán en un reglamento.
(Fuente: diariodesevilla.com)

No hay comentarios: